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Constitución Española · Artículo 11

Constitución Española · Artículo 11

Guía pública de estudio

Cuestionario 2 de 3 Test 2 10 preguntas50% para superar

Resumen del cuestionario

Adquirir la nacionalidad, conservarla y perderla son tres asuntos que el artículo 11 remite a la ley. No sustituyas esa remisión por una lista de casos que el precepto no contiene.

La garantía de que no se prive de su nacionalidad se refiere al español de origen. La doble nacionalidad ocupa otro apartado y solo menciona ciertos grupos de países. Por tanto, una opción que aplique esa previsión a cualquier Estado cambia el alcance del texto. Comprueba a quién protege la regla antes de valorar qué permite.

  • Preguntas: 10 activas en este test.
  • Criterio de superación: 50% de aciertos.
  • Orden: puede variar entre intentos.

Última actualización editorial: 11 sept 2026.

Práctica Preguntas de muestra 2 preguntas con respuesta

Resuelve cada pregunta y pulsa «Ver respuesta» para comprobar la solución.

Pregunta 1

Según el artículo 11 de la Constitución Española, ¿Cómo se adquiere, se conserva y se pierde la nacionalidad española?

  1. De acuerdo con los Tratados internacionales
  2. De acuerdo con las normas internacionales
  3. De acuerdo con la Constitución
  4. De acuerdo con la ley
Ver respuesta y explicación

Respuesta correcta: De acuerdo con la ley

La respuesta correcta es “De acuerdo con la ley” porque el artículo 11.1 dice expresamente que la nacionalidad española se adquiere, se conserva y se pierde de acuerdo con lo establecido por la ley. Las demás opciones no reproducen esa remisión directa ni recogen con precisión el contenido del precepto.

Pregunta 2

¿Qué establece el artículo 11 sobre la nacionalidad española?

  1. Se adquiere solo por nacimiento en territorio español.
  2. Solo los descendientes de españoles pueden obtenerla.
  3. No se permite la doble nacionalidad.
  4. La Constitución prevé la posibilidad de adquirir, conservar y perder la nacionalidad española.
Ver respuesta y explicación

Respuesta correcta: La Constitución prevé la posibilidad de adquirir, conservar y perder la nacionalidad española.

La opción correcta resume fielmente el artículo 11, que establece tanto la remisión a la ley como el régimen general de adquisición, conservación y pérdida de la nacionalidad española. No habla de una única forma de obtenerla ni excluye su pérdida, sino que formula el marco general que debe completarse legalmente.

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