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Constitución Española · Artículo 140
Guía pública de estudio
Cuestionario
4 de 4
Test 4
Resumen del cuestionario
El artículo 140 distingue el voto para Concejales del voto para Alcalde. Los vecinos eligen a los primeros por voto universal, igual, libre, directo y secreto. Al Alcalde lo pueden elegir Concejales o vecinos.
Ambos forman el Ayuntamiento, que gobierna el municipio. Este tiene autonomía y personalidad plena. Por ejemplo, reducir el Ayuntamiento solo al Alcalde deja fuera a los Concejales. Comprueba tres cosas: quién vota, qué cargo elige y quién forma el órgano. Que dos cargos estén en el mismo órgano no obliga a elegirlos igual.
- Preguntas: 12 activas en este test.
- Criterio de superación: 50% de aciertos.
- Orden: puede variar entre intentos.
Ejemplos de práctica, sin soluciones
¿De qué tipo de personalidad jurídica gozan los municipios?
Los/as concejales/as son elegidos/as (140)
Última actualización editorial: 11 sept 2026.