test

Constitución Española · Artículo 70

Constitución Española · Artículo 70

Guía pública de estudio

Materia Sobre esta materia Contenido, alcance y objetivos del recurso

El artículo 70 remite a la ley electoral las causas de inelegibilidad e incompatibilidad de Diputados y Senadores. La primera afecta a poder ser elegido; la segunda, a poder mantener a la vez el escaño y otro cargo o función.

Entre los casos del precepto figuran jueces y fiscales en activo, el Defensor del Pueblo y miembros de las Juntas Electorales. Las actas y credenciales están bajo control judicial. No confundas ese control con decidir una causa de incompatibilidad.

Cuestionario 1 de 2 Test 1 10 preguntas50% para superar

Resumen del cuestionario

La ley electoral fija las causas de inelegibilidad e incompatibilidad de Diputados y Senadores. El artículo 70 incluye miembros del Tribunal Constitucional, el Defensor del Pueblo y jueces y fiscales en activo, entre otros casos.

Para los altos cargos del Estado que determine la ley, el texto exceptúa a los miembros del Gobierno. No borres esa excepción al leer la lista. Las actas y credenciales se someten a control judicial en los términos de la ley electoral. Separa dos preguntas: quién puede ocupar el escaño y quién controla el acta.

  • Preguntas: 10 activas en este test.
  • Criterio de superación: 50% de aciertos.
  • Orden: puede variar entre intentos.

Última actualización editorial: 11 sept 2026.

Práctica Preguntas de muestra 1 pregunta con respuesta

Resuelve cada pregunta y pulsa «Ver respuesta» para comprobar la solución.

Pregunta 1

¿Quiénes no incurren en causa de inelegibilidad e incompatibilidad para formar parte del Senado?:

  1. Los miembros de las Juntas electorales.
  2. Los Magistrados de las Audiencias Provinciales en activo.
  3. Los miembros del Gobierno.
  4. Los Policías nacionales en activo.
Ver respuesta y explicación

Respuesta correcta: Los miembros del Gobierno.

El artículo 70.1 de la Constitución enumera cargos que deben quedar comprendidos en las causas de inelegibilidad e incompatibilidad. Al mencionar a los altos cargos de la Administración del Estado, excluye expresamente a los miembros del Gobierno. Por eso, entre las opciones de la pregunta, los miembros del Gobierno son la excepción; no debe confundirse esa excepción con una ausencia absoluta de otras reglas electorales.

Documentación Fuentes de consulta 1 referencia para contrastar