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Constitución Española · Artículo 75

Constitución Española · Artículo 75

Guía pública de estudio

Cuestionario 2 de 2 Test 2 11 preguntas50% para superar

Resumen del cuestionario

El Pleno puede recuperar en cualquier momento el debate y el voto de un texto delegado en Comisiones Legislativas Permanentes. El artículo 75 permite delegar su aprobación, pero no obliga al Pleno a apartarse para siempre del texto.

La vía tiene límites: reforma constitucional, cuestiones internacionales, leyes orgánicas y de bases y Presupuestos Generales del Estado quedan fuera. Por ejemplo, el Pleno puede reclamar el voto de un proyecto ordinario ya delegado. Una ley de bases no llega a ese paso, pues no cabe delegarla por esta vía. Resuelve primero si el texto puede delegarse.

  • Preguntas: 11 activas en este test.
  • Criterio de superación: 50% de aciertos.
  • Orden: puede variar entre intentos.

Última actualización editorial: 11 sept 2026.

Práctica Preguntas de muestra 2 preguntas con respuesta

Resuelve cada pregunta y pulsa «Ver respuesta» para comprobar la solución.

Pregunta 1

Artículo 75 Constitución ¿en cuál de los siguientes casos no está permitido que el Pleno delegue en una Comisión Legislativa la aprobación de los proyectos o proposiciones de ley?:

  1. Cuando se trate de leyes que regulen el derecho al trabajo.
  2. Cuando se trate de leyes que afecten al derecho de propiedad.
  3. Cuando se trate de leyes de bases.
  4. En ninguno de los casos citados se admite tal delegación.
Ver respuesta y explicación

Respuesta correcta: Cuando se trate de leyes de bases.

La opción correcta es la de leyes de bases porque el artículo 75 las excluye expresamente de la delegación en Comisiones Legislativas Permanentes. Las otras opciones aluden a contenidos materiales que no aparecen como excepción en el precepto. La clave no es el tema general de la ley, sino que se trate de una ley de bases, que queda reservada fuera de esa delegación.

Pregunta 2

¿Qué indica el artículo 75 de la Constitución Española sobre el funcionamiento de las Cámaras y sus órganos?

  1. Las Cámaras pueden delegar todas sus funciones en sus Comisiones, excepto la aprobación del presupuesto del Estado.
  2. Las Cámaras no pueden delegar ninguna de sus funciones en sus Comisiones.
  3. Las Cámaras pueden delegar en sus Comisiones legislativas permanentes la aprobación de proyectos o proposiciones de ley, excepto para la reforma constitucional, las cuestiones internacionales, las leyes orgánicas y de bases y los Presupuestos Generales del Estado.
  4. Ninguna es correcta.
Ver respuesta y explicación

Respuesta correcta: Las Cámaras pueden delegar en sus Comisiones legislativas permanentes la aprobación de proyectos o proposiciones de ley, excepto para la reforma constitucional, las cuestiones internacionales, las leyes orgánicas y de bases y los Presupuestos Generales del Estado.

La respuesta correcta recoge las dos ideas centrales del artículo 75: las Cámaras funcionan en Pleno y por Comisiones, y pueden delegar en las Comisiones Legislativas Permanentes la aprobación de proyectos o proposiciones de ley. Esa delegación, sin embargo, no alcanza a reforma constitucional, cuestiones internacionales, leyes orgánicas y de bases ni a los Presupuestos Generales del Estado. Además, el Pleno conserva la facultad de recuperar el debate y la votación de lo delegado.

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