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Ley 39/2015 · Artículo 115
Guía pública de estudio
Materia
Sobre esta materia
Contenido, alcance y objetivos del recurso
Cuestionario para repasar Ley 39/2015 · Artículo 115, dentro de la categoría de Procedimiento Administrativo, con preguntas tipo test centradas en la interposición de recursos y en las causas de inadmisión. El recurso aborda la literalidad del artículo y plantea cuestiones sobre qué debe expresar la interposición del recurso, qué supuestos no constituyen causa de inadmisión y qué aspectos se relacionan con la presentación de un recurso administrativo. El alumnado puede practicar la comprensión precisa del texto legal y afianzar conceptos clave mediante preguntas formuladas para distinguir entre afirmaciones correctas e incorrectas. También permite revisar la aplicación práctica de los contenidos del artículo a partir de enunciados breves y directos.
Cuestionario
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Test 1
Resumen del cuestionario
La práctica se centra en los elementos formales de la interposición de recurso y en los límites a los vicios invocados por el recurrente. Contrasta identificación, acto recurrido y notificaciones con la calificación errónea, la anulabilidad derivada de la propia actuación y las causas de inadmisión.
- Preguntas: 10 activas en este test.
- Criterio de superación: 50% de aciertos.
- Orden: puede variar entre intentos.
Última actualización editorial: 29 jul 2026.
Práctica
Preguntas de muestra
1 pregunta con respuesta
Resuelve cada pregunta y pulsa «Ver respuesta» para comprobar la solución.
Pregunta 1
Si el interesado encontrara que en el procedimiento existe un vicio o defecto derivado de su propia actuación que haga anulable un acto, ¿podrá alegarlo en su recurso como motivo de nulidad?(art 115)
- Sí, si existe motivo de nulidad el interesado puede alegarlo en todo caso.
- Sí, siempre y cuando pueda demostrar que no existió mala fe en su actuación.
- Sí, siempre que exista un vicio o defecto que haga anulable un acto, éste es nulo de pleno derecho y el interesado puede reclamarlo así en cualquier momento del procedimiento.
- No, los vicios y defectos que hagan anulable un acto no podrán ser alegados por quienes los hubieren causado.
Ver respuesta y explicación
Respuesta correcta: No, los vicios y defectos que hagan anulable un acto no podrán ser alegados por quienes los hubieren causado.
La respuesta correcta es la negativa. El artículo impide que los vicios o defectos que hacen anulable un acto sean alegados por quien los causó. Por eso no basta con que exista un defecto: importa también quién lo provocó.