test

Ley 39/2015 · Artículo 115

Ley 39/2015 · Artículo 115

Guía pública de estudio

Materia Sobre esta materia Contenido, alcance y objetivos del recurso

Cuestionario para repasar Ley 39/2015 · Artículo 115, dentro de la categoría de Procedimiento Administrativo, con preguntas tipo test centradas en la interposición de recursos y en las causas de inadmisión. El recurso aborda la literalidad del artículo y plantea cuestiones sobre qué debe expresar la interposición del recurso, qué supuestos no constituyen causa de inadmisión y qué aspectos se relacionan con la presentación de un recurso administrativo. El alumnado puede practicar la comprensión precisa del texto legal y afianzar conceptos clave mediante preguntas formuladas para distinguir entre afirmaciones correctas e incorrectas. También permite revisar la aplicación práctica de los contenidos del artículo a partir de enunciados breves y directos.

Cuestionario 1 de 2 Test 1 10 preguntas50% para superar

Resumen del cuestionario

La práctica se centra en los elementos formales de la interposición de recurso y en los límites a los vicios invocados por el recurrente. Contrasta identificación, acto recurrido y notificaciones con la calificación errónea, la anulabilidad derivada de la propia actuación y las causas de inadmisión.

  • Preguntas: 10 activas en este test.
  • Criterio de superación: 50% de aciertos.
  • Orden: puede variar entre intentos.

Última actualización editorial: 29 jul 2026.

Práctica Preguntas de muestra 1 pregunta con respuesta

Resuelve cada pregunta y pulsa «Ver respuesta» para comprobar la solución.

Pregunta 1

Si el interesado encontrara que en el procedimiento existe un vicio o defecto derivado de su propia actuación que haga anulable un acto, ¿podrá alegarlo en su recurso como motivo de nulidad?(art 115)

  1. Sí, si existe motivo de nulidad el interesado puede alegarlo en todo caso.
  2. Sí, siempre y cuando pueda demostrar que no existió mala fe en su actuación.
  3. Sí, siempre que exista un vicio o defecto que haga anulable un acto, éste es nulo de pleno derecho y el interesado puede reclamarlo así en cualquier momento del procedimiento.
  4. No, los vicios y defectos que hagan anulable un acto no podrán ser alegados por quienes los hubieren causado.
Ver respuesta y explicación

Respuesta correcta: No, los vicios y defectos que hagan anulable un acto no podrán ser alegados por quienes los hubieren causado.

La respuesta correcta es la negativa. El artículo impide que los vicios o defectos que hacen anulable un acto sean alegados por quien los causó. Por eso no basta con que exista un defecto: importa también quién lo provocó.

Documentación Fuentes de consulta 1 referencia para contrastar