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Ley 39/2015 · Artículo 9

Ley 39/2015 · Artículo 9

Guía pública de estudio

Cuestionario 5 de 5 Test 5 13 preguntas50% para superar

Resumen del cuestionario

El foco específico está en los límites y garantías de la identificación electrónica: certificados electrónicos, registro previo, recursos técnicos y transferencia a terceros países. También examina la responsabilidad de las Administraciones Públicas y los efectos de aceptar sistemas, combinando requisitos tecnológicos con consecuencias institucionales.

  • Preguntas: 13 activas en este test.
  • Criterio de superación: 50% de aciertos.
  • Orden: puede variar entre intentos.

Ejemplos de práctica, sin soluciones

  1. Conforme al artículo 9.2 de la LPACAP, los interesados podrán identificarse electrónicamente ante las Administraciones Públicas, entre otros, a través de sistemas basados en certificados electrónicos cualificados:

  2. Conforme al artículo 9.2 de la LPACAP, los interesados podrán identificarse electrónicamente ante las Administraciones públicas a través de cualquier sistema que las Administraciones públicas consideren válido en los términos y plazos que se establezca, siempre que cuenten con un registro previo como usuario que permita garantizar su identidad y previa:

Última actualización editorial: 29 jul 2026.

Documentación Fuentes de consulta 1 referencia para contrastar