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Ley 40/2015 · Artículo 9

Ley 40/2015 · Artículo 9

Guía pública de estudio

Cuestionario 1 de 3 Test 1 10 preguntas50% para superar

Resumen del cuestionario

La delegación permite que otro órgano ejerza una competencia en los términos legales, sin transferir su titularidad. Debe respetar las materias no delegables y las exigencias de publicación del artículo 9.

Ejemplo: un órgano dicta una resolución por delegación. La resolución debe indicar esa circunstancia y se considera dictada por el órgano delegante. No debe presentarse como si el delegado hubiese adquirido la competencia de forma definitiva.

Diferencia delegación de firma y suplencia: no son nombres intercambiables para la misma técnica. Comprueba además si se intenta volver a delegar una competencia ya delegada, supuesto que exige autorización expresa de una ley.

  • Preguntas: 10 activas en este test.
  • Criterio de superación: 50% de aciertos.
  • Orden: puede variar entre intentos.

Última actualización editorial: 14 sept 2026.

Materia Sobre esta materia Contenido, alcance y objetivos del recurso

Distingue delegación de competencias y cambio de titularidad, e identifica cómo debe reflejarse la delegación en un acto.

Fuente: BOE · artículo 9.

Práctica Preguntas de muestra 1 pregunta con respuesta

Resuelve cada pregunta y pulsa «Ver respuesta» para comprobar la solución.

Pregunta 1

¿Transfiere la delegación de competencias su titularidad al órgano delegado?

  1. No, delega su ejercicio en los términos legales
  2. Sí, definitivamente en todo caso
  3. Sí, y elimina al órgano delegante
Ver respuesta y explicación

Respuesta correcta: No, delega su ejercicio en los términos legales

La delegación permite que otro órgano ejerza una competencia en los términos legales, sin transferir su titularidad. Debe respetar las materias no delegables y las exigencias de publicación del artículo 9. Ejemplo: un órgano dicta una resolución por delegación. La resolución debe indicar esa circunstancia y se considera dictada por el órgano delegante. No debe presentarse como si el delegado hubiese adquirido la competencia de forma definitiva. Diferencia delegación de firma y suplencia: no son nombres intercambiables para la misma técnica. Comprueba además si se intenta volver a delegar una competencia ya delegada, supuesto que exige autorización expresa de una ley.

Documentación Fuentes de consulta 1 referencia para contrastar