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Ley 47/2003 · Artículo 79

Ley 47/2003 · Artículo 79

Guía pública de estudio

Materia Sobre esta materia Contenido, alcance y objetivos del recurso

Ley 47/2003 · Artículo 79 es una ficha tipo test de la categoría Gestión Financiera y Presupuestaria centrada en el repaso de este artículo mediante 25 preguntas. El recurso aborda los pagos a justificar y la rendición de la cuenta justificativa de las cantidades recibidas, así como la aprobación o reparo de esa cuenta por la autoridad competente. También plantea cuestiones sobre la documentación justificativa, la aplicación práctica de la norma y la identificación de supuestos relacionados con estos pagos. El alumnado puede practicar la literalidad del artículo y entender conceptos clave vinculados a la gestión de estas órdenes de pago. La ficha se organiza en dos cuestionarios, Test 1 y Test 2, con 10 y 15 preguntas respectivamente.

Cuestionario 1 de 2 Test 1 10 preguntas50% para superar

Resumen del cuestionario

El contenido gira en torno a los pagos a justificar: se usan cuando, de forma excepcional, no puede aportarse la documentación exigible en el momento de reconocer la obligación. En ese caso se libran fondos sin justificación previa y quienes los reciben asumen la obligación de rendir cuenta de su aplicación.

La rendición de cuentas tiene un plazo general de tres meses, con excepción de pagos de expropiaciones y pagos en el extranjero, para los que se admite un plazo de seis meses. Después, la autoridad competente dispone de dos meses para aprobar la cuenta o formular reparo. También se recoge que ciertos gastos realizados en localidades sin dependencia del órgano correspondiente pueden tramitarse con este carácter.

  • Preguntas: 10 activas en este test.
  • Criterio de superación: 50% de aciertos.
  • Orden: puede variar entre intentos.

Última actualización editorial: 10 sept 2026.

Práctica Preguntas de muestra 1 pregunta con respuesta

Resuelve cada pregunta y pulsa «Ver respuesta» para comprobar la solución.

Pregunta 1

Cuando, excepcionalmente, no pueda aportarse la documentación justificativa de las obligaciones en el momento del reconocimiento de la obligación:

  1. Podrán tramitarse propuestas de pagos presupuestarios y librarse fondos con el carácter de a justificar.
  2. No podrá accederse al reconocimiento de la obligación.
  3. Deberá exigirse la documentación acreditativa para la emisión de la correspondiente O.
  4. Las respuestas b) y c) son correctas.
Ver respuesta y explicación

Respuesta correcta: Podrán tramitarse propuestas de pagos presupuestarios y librarse fondos con el carácter de a justificar.

El artículo 79 permite excepcionalmente librar fondos «a justificar» cuando no puede aportarse la documentación justificativa en el momento previsto para reconocer la obligación. No elimina el deber de rendir cuentas: desplaza la justificación a un momento posterior bajo el régimen legal. La respuesta correcta identifica esta excepción sin convertirla en regla general.

Documentación Fuentes de consulta 1 referencia para contrastar