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Ley 9/2017 · Artículo 131
Guía pública de estudio
Cuestionario
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Test 2
Resumen del cuestionario
Este test amplía el mapa de adjudicación a contratos menores, asistencia sanitaria urgente, concursos de proyectos e innovación tecnológica. Obliga a distinguir presupuestos del negociado sin publicidad y del procedimiento abierto simplificado, identificando qué elementos deben justificarse cuando el régimen ordinario cede ante un supuesto específico.
La regla ordinaria de adjudicación se basa en criterios orientados a la mejor relación calidad-precio, que pueden combinar calidad y precio. Un contrato menor o un procedimiento de urgencia tiene presupuestos propios. Antes de escoger la vía, identifique objeto, cuantía y circunstancia habilitante; la mera conveniencia de terminar antes no transforma un procedimiento ordinario en excepcional.
- Preguntas: 17 activas en este test.
- Criterio de superación: 50% de aciertos.
- Orden: puede variar entre intentos.
Última actualización editorial: 28 sept 2026.
Práctica
Preguntas de muestra
1 pregunta con respuesta
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Pregunta 1
Según el artículo 131 de la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público, los contratos como el del supuesto deben adjudicarse ordinariamente:
- Mediante contratación directa al licitador que ofrezca el precio más bajo.
- Por sorteo público entre los licitadores que cumplan los requisitos.
- Utilizando una pluralidad de criterios basados en la mejor relación calidad-precio.
- A través de un procedimiento negociado sin publicidad.
Ver respuesta y explicación
Respuesta correcta: Utilizando una pluralidad de criterios basados en la mejor relación calidad-precio.
La Dirección General de Infraestructuras ha iniciado el procedimiento para la adjudicación de un contrato de servicios consistente en el mantenimiento integral de los edificios administrativos de su competencia. Se ha aprobado el expediente de contratación y se han iniciado los trámites conforme a la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP). La licitación tiene un valor estimado de 5.000.000 € y está sujeta a regulación armonizada. El órgano de contratación desea que en la adjudicación se consideren no solo criterios económicos, sino también medioambientales y sociales. Asimismo, se ha previsto que, en caso de empate, se otorgue preferencia a empresas que cuenten con un porcentaje elevado de trabajadores con discapacidad.