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Ley 9/2017 · Artículo 68

Ley 9/2017 · Artículo 68

Guía pública de estudio

Materia Sobre esta materia Contenido, alcance y objetivos del recurso

Ley 9/2017 · Artículo 68 es una ficha educativa de tipo test incluida en la categoría de Contratación y Patrimonio. El recurso propone un cuestionario para repasar este artículo de la Ley 9/2017 sobre Contratos del Sector Público mediante preguntas centradas en la literalidad y la aplicación práctica de la norma. El alumnado puede trabajar conceptos vinculados a la participación de personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea, el informe de reciprocidad, la actuación de empresas no comunitarias en contratos sujetos a regulación armonizada y otros aspectos relacionados con el artículo 68. También aparecen cuestiones conectadas con el artículo 69. Esto permite reforzar la comprensión de contenidos próximos dentro del mismo bloque temático.

Cuestionario 1 de 2 Test 1 10 preguntas50% para superar

Resumen del cuestionario

Este test combina la participación de empresas no comunitarias con el régimen de las uniones temporales. Trabaja informe de reciprocidad, sucursal en España y regulación armonizada, además de duración, responsabilidad, cambios de composición y concurso de acreedores dentro de una unión temporal.

  • Preguntas: 10 activas en este test.
  • Criterio de superación: 50% de aciertos.
  • Orden: puede variar entre intentos.

Última actualización editorial: 29 jul 2026.

Práctica Preguntas de muestra 1 pregunta con respuesta

Resuelve cada pregunta y pulsa «Ver respuesta» para comprobar la solución.

Pregunta 1

Según el artículo 68 de la Ley 9/2017, una empresa de un Estado no perteneciente a la Unión Europea o de un Estado del Espacio Económico Europeo debe acreditar que su país admite la participación de empresas españolas en la contratación con entes públicos asimilables. ¿Qué organismo elabora ese informe y se acompaña a la documentación presentada?

  1. La correspondiente Oficina Económica y Comercial de España en el exterior.
  2. La Misión Diplomática Permanente del país extranjero en España.
  3. El Registro Mercantil donde se inscriba la empresa adjudicataria.
Ver respuesta y explicación

Respuesta correcta: La correspondiente Oficina Económica y Comercial de España en el exterior.

El artículo 68 atribuye la elaboración del informe a la Oficina Económica y Comercial de España en el exterior, no a la misión diplomática del otro Estado ni al Registro Mercantil. Ese informe sirve para justificar la reciprocidad exigida a las empresas extranjeras en los casos previstos.

Documentación Fuentes de consulta 1 referencia para contrastar