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Real Decreto Legislativo 5/2015 · Artículo 38
Guía pública de estudio
Cuestionario
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Test 2
Resumen del cuestionario
La representación de los funcionarios públicos se articula en dos órganos específicos: Delegados de Personal y Juntas de Personal. La elección depende del número de funcionarios de la unidad electoral, de modo que las unidades pequeñas se cubren con delegados y, a partir del censo mínimo, se constituyen juntas. Esa relación entre tamaño de la unidad y tipo de órgano es el eje para no confundir los distintos supuestos.
En los tramos inferiores hay que dominar bien el límite entre ausencia de representación, delegados y juntas. Unidades con muy pocos funcionarios no generan órgano representativo; desde el umbral mínimo se eligen delegados, y a partir de 50 funcionarios se conforma Junta de Personal. La lógica de estas preguntas suele ser aplicar el intervalo correcto sin trasladar criterios de los representantes laborales del sector privado.
- Preguntas: 10 activas en este test.
- Criterio de superación: 50% de aciertos.
- Orden: puede variar entre intentos.
Última actualización editorial: 10 sept 2026.
Práctica
Preguntas de muestra
1 pregunta con respuesta
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Pregunta 1
¿Qué normativa seguimos principalmente en lo que se refiere a órganos de representación de los funcionarios?
- La Constitución
- El Estatuto de los Trabajadores
- El Estatuto Básico del Empleado Público
- La Ley Orgánica de Libertad Sindical
Ver respuesta y explicación
Respuesta correcta: El Estatuto Básico del Empleado Público
La normativa principal en materia de órganos de representación de los funcionarios es el Estatuto Básico del Empleado Público. Es la referencia que regula quién representa, en qué supuestos se elige cada órgano y cómo se estructura la representación. Las demás opciones pertenecen a otros ámbitos o regímenes distintos.