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Real Decreto Legislativo 5/2015 · Artículo 95
Guía pública de estudio
Cuestionario
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Test 3
Resumen del cuestionario
Este bloque reúne supuestos de falta muy grave que no siempre se recuerdan de forma intuitiva: discriminación por religión o convicciones, publicación o uso indebido de documentación o información, incomparecencia injustificada en comisiones de investigación y negativa voluntaria a asumir tareas o funciones encomendadas. También se mantiene como muy grave el incumplimiento de incompatibilidades cuando genera una situación incompatible.
La distinción útil está entre conductas muy graves ya tipificadas y otras que no aparecen en ese precepto. Por eso, no deben trasladarse automáticamente desde otro régimen. En las preguntas de reserva aparece además la clasificación general de las sanciones de la Administración de Justicia, que se formula en tres niveles: muy graves, graves y leves.
- Preguntas: 14 activas en este test.
- Criterio de superación: 50% de aciertos.
- Orden: puede variar entre intentos.
Última actualización editorial: 10 sept 2026.
Práctica
Preguntas de muestra
1 pregunta con respuesta
Resuelve cada pregunta y pulsa «Ver respuesta» para comprobar la solución.
Pregunta 1
¿Cómo clasifica las faltas disciplinarias el artículo 95.1 del TREBEP?
- Muy graves, graves y leves
- Solo graves y leves
- Únicamente dolosas y culposas
Ver respuesta y explicación
Respuesta correcta: Muy graves, graves y leves
El artículo 95.1 clasifica las faltas en muy graves, graves y leves. Son categorías de infracción; las sanciones concretas aplicables se regulan por separado y no deben confundirse con esa clasificación.