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Real Decreto Legislativo 8/2015 · Artículo 201

Real Decreto Legislativo 8/2015 · Artículo 201

Guía pública de estudio

Cuestionario 4 de 4 Test 4 15 preguntas50% para superar

Resumen del cuestionario

Práctica amplia sobre acceso a jubilación y sus variantes. Trabaja situación de alta, carencia general y específica, jubilación parcial, discapacidad y complemento económico por demora. También plantea períodos sin obligación de cotizar, exigiendo relacionar la trayectoria laboral con cada requisito y distinguir reducciones de edad, anticipación y acceso ordinario.

  • Preguntas: 15 activas en este test.
  • Criterio de superación: 50% de aciertos.
  • Orden: puede variar entre intentos.

Última actualización editorial: 10 sept 2026.

Práctica Preguntas de muestra 1 pregunta con respuesta

Resuelve cada pregunta y pulsa «Ver respuesta» para comprobar la solución.

Pregunta 1

De acuerdo con el art. 215 de la LGSS, los trabajadores que hayan cumplido la edad a que se refiere el artículo 205.1.a) y reúnan los requisitos para causar derecho a la pensión de jubilación, podrán acceder a la jubilación parcial sin necesidad de la celebración simultánea de un contrato de relevo, siempre que se produzca una reducción de su jornada de trabajo comprendida entre:

  1. un mínimo del 50 por ciento y un máximo del 75 por ciento.
  2. un mínimo del 25 por ciento y un máximo del 75 por ciento.
  3. un mínimo del 25 por ciento y un máximo del 90 por ciento.
  4. un mínimo del 25 por ciento y un máximo del 50 por ciento.
Ver respuesta y explicación

Respuesta correcta: un mínimo del 25 por ciento y un máximo del 75 por ciento.

El artículo 215.1 permite, cumplida la edad ordinaria y los demás requisitos, una reducción de jornada entre el 25 % y el 75 % sin contrato de relevo simultáneo. El límite anterior del 50 % quedó modificado con efectos desde el 1 de abril de 2025.

Documentación Fuentes de consulta 1 referencia para contrastar