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Constitución Española · Artículo 149
Guía pública de estudio
Cuestionario
7 de 9
Test 7
Resumen del cuestionario
Lo no atribuido de forma expresa al Estado puede asumirse por Estatuto según el artículo 149.3. Lo no asumido queda en el Estado. En un conflicto, sus normas prevalecen en lo que no sea competencia exclusiva de la Comunidad. Además, su Derecho es supletorio.
Separa tres verbos: atribuir, prevalecer y suplir. No se usan para lo mismo. Si falta una regla para un caso, suplir esa falta no entrega toda la materia al Estado. Mira si falta una atribución, chocan normas o falta una regla; después elige la parte que corresponde.
- Preguntas: 10 activas en este test.
- Criterio de superación: 50% de aciertos.
- Orden: puede variar entre intentos.
Última actualización editorial: 11 sept 2026.
Práctica
Preguntas de muestra
2 preguntas con respuesta
Resuelve cada pregunta y pulsa «Ver respuesta» para comprobar la solución.
Pregunta 1
Según la Constitución ¿Es el derecho estatal supletorio del derecho de las Comunidades Autónomas?
- No, en ningún caso.
- Sí, pero sólo si no se trata de competencias exclusivas de las Comunidades Autónomas.
- Sí, pero sólo en caso de la legislación básica del Estado.
- Sí, en todo caso.
Ver respuesta
Respuesta correcta: Sí, en todo caso.
Pregunta 2
Según el art 149 de la Constitución ¿Prevalece el derecho estatal sobre el derecho de las Comunidades Autónomas?
- No, en ningún caso.
- Sí, pero sólo si no se trata de competencias exclusivas de las Comunidades Autónomas.
- Sí, pero sólo en caso de la legislación básica del Estado.
- Sí, en todo caso.
Ver respuesta
Respuesta correcta: Sí, pero sólo si no se trata de competencias exclusivas de las Comunidades Autónomas.