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Constitución Española · Artículo 151

Constitución Española · Artículo 151

Guía pública de estudio

Cuestionario 2 de 5 Test 2 10 preguntas50% para superar

Resumen del cuestionario

El Gobierno convoca a Diputados y Senadores del territorio para redactar el Estatuto por el artículo 151. La asamblea lo aprueba por mayoría absoluta. La Comisión Constitucional del Congreso y una delegación de esa asamblea buscan un texto común en dos meses.

Si hay acuerdo, se somete a referéndum. Con mayoría de votos válidos en cada provincia, pasa a las Cortes para ratificación de ambas Cámaras. El Rey lo sanciona y promulga. Ordena redacción, acuerdo, referéndum y ratificación; no intercambies quién actúa en cada paso.

  • Preguntas: 10 activas en este test.
  • Criterio de superación: 50% de aciertos.
  • Orden: puede variar entre intentos.

Ejemplos de práctica, sin soluciones

  1. Para la elaboración del Estatuto de Autonomía de las Comunidades Autónomas que accedan a la autonomía por la vía del artículo 151.1 Constitución:

  2. La iniciativa autonómica de las Comunidades Autónomas que han accedido por la vía del artículo 151 Constitución fue acordada:

Última actualización editorial: 11 sept 2026.

Documentación Fuentes de consulta 1 referencia para contrastar