test
Ley 39/2015 · Artículo 27
Guía pública de estudio
Materia
Sobre esta materia
Contenido, alcance y objetivos del recurso
Ley 39/2015 · Artículo 27 es una ficha educativa de Procedimiento Administrativo en formato test, pensada para repasar el contenido del artículo 27 mediante preguntas sobre copias auténticas, documentos públicos y privados, y la actuación de las Administraciones Públicas. El recurso se centra en la literalidad de la norma y en su aplicación práctica a través de 25 preguntas tipo test, organizadas en dos cuestionarios relacionados. El alumnado puede practicar la identificación de conceptos clave, la relación entre distintos tipos de documentos y las situaciones planteadas en torno a la expedición y validez de copias auténticas. También permite entender cómo se formulan este tipo de cuestiones en oposición y repaso normativo.
Cuestionario
1 de 2
Test 1
Resumen del cuestionario
Las copias auténticas pueden recaer sobre documentos privados o públicos. Pero su alcance no es el mismo. Cuando proceden de documentos privados, surten solo efectos administrativos. En cambio, las copias auténticas realizadas por una Administración Pública tienen validez en las restantes Administraciones, siempre que quede garantizada la identidad del órgano que las realiza y el contenido reproducido.
La validez de la copia no depende del soporte, sino de que se respeten las exigencias de autenticidad. Así, las copias electrónicas de documentos en papel deben incorporar los metadatos que acrediten su condición de copia y que se visualicen al consultar el documento. Las copias en soporte papel de documentos electrónicos deben hacer constar la condición de copia y contar con un sistema de verificación que permita contrastar su autenticidad.
- Preguntas: 10 activas en este test.
- Criterio de superación: 50% de aciertos.
- Orden: puede variar entre intentos.
Última actualización editorial: 10 sept 2026.
Práctica
Preguntas de muestra
2 preguntas con respuesta
Resuelve cada pregunta y pulsa «Ver respuesta» para comprobar la solución.
Pregunta 1
Según el artículo 27 de la Ley 39/2015, ¿las copias en soporte papel de documentos electrónicos requerirán que en las mismas figure la condición de copia?
- En todo caso
- En ningún caso
- Sólo si así lo exige la norma
- No existen copias en soporte papel de documentos electrónicos
Ver respuesta y explicación
Respuesta correcta: En todo caso
Sí. En las copias en soporte papel de documentos electrónicos debe figurar la condición de copia. La norma no deja esa exigencia a elección de la Administración ni a una valoración caso por caso, porque forma parte de los requisitos que aseguran la autenticidad de la reproducción en papel.
Pregunta 2
El artículo 27 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones públicas regula la validez y eficacia de las copias realizadas por las Administraciones públicas. ¿Cuál de las siguientes afirmaciones es correcta?
- Las copias auténticas de documentos privados realizadas por una Administración pública tendrán validez en todos los ámbitos administrativos o privados
- Las copias electrónicas de documentos en soporte papel o en otro soporte no electrónico susceptible de digitalización, requerirán que el documento haya sido digitalizado y deberán incluir los metadatos que acrediten su condición de copia, aunque estos no se visualicen al consultar el documento
- Las copias electrónicas de un documento electrónico original o de una copia electrónica auténtica no tendrán nunca validez si se produce un cambio de formato en el documento
- Tendrán la consideración de copia auténtica de un documento público administrativo o privado las realizadas, cualquiera que sea su soporte, por los órganos competentes de las administraciones públicas en las cuales quede garantizada la identidad del órgano que ha realizado la copia y su contenido
Ver respuesta y explicación
Respuesta correcta: Tendrán la consideración de copia auténtica de un documento público administrativo o privado las realizadas, cualquiera que sea su soporte, por los órganos competentes de las administraciones públicas en las cuales quede garantizada la identidad del órgano que ha realizado la copia y su contenido
La afirmación correcta es la que relaciona la copia auténtica con dos garantías esenciales: que la realice un órgano competente de una Administración Pública y que queden aseguradas la identidad del órgano y el contenido de la copia. Esa es la formulación que recoge el artículo para reconocer la copia auténtica, con independencia del soporte.