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Ley 50/1997 · Artículo 19
Guía pública de estudio
Materia
Sobre esta materia
Contenido, alcance y objetivos del recurso
Esta ficha educativa de Ley 50/1997 · Artículo 19 se centra en un cuestionario tipo test para repasar contenidos de la Ley del Gobierno. El recurso aborda cuestiones vinculadas con las actas del Consejo de Ministros, la avocación de asuntos, la delegación de competencias y distintos aspectos de la organización administrativa relacionados con el artículo 19 y temas próximos del mismo bloque. El alumnado puede practicar la lectura atenta de enunciados, la identificación de conceptos clave y la comprensión de la literalidad de la norma a través de preguntas sobre figuras como las Comisiones Delegadas del Gobierno, los Delegados del Gobierno, los Subdelegados del Gobierno y los Subdirectores Generales. También permite familiarizarse con el enfoque de examen mediante dos cuestionarios, Test 1 y Test 2, que reúnen 21 preguntas en total.
Cuestionario
1 de 2
Test 1
Resumen del cuestionario
Este test diferencia actas de Comisiones Delegadas, delegación y avocación de competencias dentro del Gobierno. Incluye quién puede delegar ante Delegados del Gobierno y compara instrumentos de nombramiento de cargos territoriales, exigiendo separar sujetos, procedimientos y límites de cada mecanismo organizativo.
- Preguntas: 10 activas en este test.
- Criterio de superación: 50% de aciertos.
- Orden: puede variar entre intentos.
Última actualización editorial: 29 jul 2026.
Práctica
Preguntas de muestra
1 pregunta con respuesta
Resuelve cada pregunta y pulsa «Ver respuesta» para comprobar la solución.
Pregunta 1
Según el artículo 19 de la Ley 50/1997, ¿qué reglas se aplican a las actas de las Comisiones Delegadas del Gobierno?
- Las del artículo 18 relativas a las actas de los órganos colegiados.
- No se levanta acta de ninguna reunión.
- Las actas deben transcribir públicamente todas las deliberaciones.
Ver respuesta y explicación
Respuesta correcta: Las del artículo 18 relativas a las actas de los órganos colegiados.
El artículo 19 remite a las reglas del artículo 18 para las actas. La constancia de determinados datos y acuerdos no equivale a publicar una transcripción de las deliberaciones, que tienen su régimen propio de secreto.