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Real Decreto Legislativo 8/2015 · Artículo 217

Real Decreto Legislativo 8/2015 · Artículo 217

Guía pública de estudio

Cuestionario 2 de 2 Test 2 16 preguntas50% para superar

Resumen del cuestionario

Este bloque se concentra en el acceso a la pensión de viudedad: cónyuge superviviente, situación de alta, cotización y contingencias causantes. También diferencia el tratamiento de excónyuge, pareja de hecho y matrimonio cuando el fallecimiento deriva de enfermedad común o de accidente.

  • Preguntas: 16 activas en este test.
  • Criterio de superación: 50% de aciertos.
  • Orden: puede variar entre intentos.

Última actualización editorial: 29 jul 2026.

Práctica Preguntas de muestra 2 preguntas con respuesta

Resuelve cada pregunta y pulsa «Ver respuesta» para comprobar la solución.

Pregunta 1

Según el artículo 219 LGSS, ¿quién puede ser beneficiario de la pensión de viudedad?

  1. Solo el cónyuge que convivía con el causante en el momento del fallecimiento.
  2. El cónyuge superviviente, el excónyuge con pensión compensatoria y el miembro supérstite de pareja de hecho, si se cumplen los requisitos.
  3. Únicamente la pareja de hecho registrada.
  4. Solo el cónyuge que tenga a su cargo hijos menores.
Ver respuesta

Respuesta correcta: El cónyuge superviviente, el excónyuge con pensión compensatoria y el miembro supérstite de pareja de hecho, si se cumplen los requisitos.

Pregunta 2

De acuerdo con el artículo 219 de la LGSS, ¿cuál de los siguientes NO es un beneficiario potencial de la pensión de viudedad?

  1. Cónyuge supérstite.
  2. Nieto del causante que conviva con él.
  3. Pareja de hecho acreditada conforme al artículo 221.2.
  4. Excónyuge con pensión compensatoria.
Ver respuesta

Respuesta correcta: Nieto del causante que conviva con él.

Documentación Fuentes de consulta 1 referencia para contrastar