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Real Decreto Legislativo 5/2015 · Artículo 9

Real Decreto Legislativo 5/2015 · Artículo 9

Guía pública de estudio

Cuestionario 3 de 3 Test 3 18 preguntas50% para superar

Resumen del cuestionario

La interinidad combina dos ideas: excepcionalidad del nombramiento y sujeción parcial al régimen de los funcionarios de carrera. Por eso se insiste en que el procedimiento de selección debe preservar igualdad, mérito, capacidad, publicidad y celeridad. La clave es que la agilidad no sustituye a los principios de acceso.

Cada causa de nombramiento tiene su propia duración. La acumulación de tareas se mueve dentro de un plazo máximo concreto; la ejecución de programas admite una duración superior, con posible ampliación; y la sustitución transitoria dura solo el tiempo estrictamente necesario. El personal interino cesa cuando desaparece la causa que justificó su nombramiento, no por reglas propias del contrato laboral.

  • Preguntas: 18 activas en este test.
  • Criterio de superación: 50% de aciertos.
  • Orden: puede variar entre intentos.

Última actualización editorial: 10 sept 2026.

Práctica Preguntas de muestra 1 pregunta con respuesta

Resuelve cada pregunta y pulsa «Ver respuesta» para comprobar la solución.

Pregunta 1

¿Qué principio aparece expresamente en el artículo 10.2 del TREBEP junto a igualdad, mérito, capacidad y publicidad para seleccionar funcionarios interinos?

  1. Celeridad
  2. Secreto del procedimiento
  3. Preferencia personal de la autoridad
Ver respuesta y explicación

Respuesta correcta: Celeridad

La celeridad es expresa en el artículo 10.2. Busca una cobertura inmediata, pero no elimina la publicidad ni los principios de igualdad, mérito y capacidad.

Documentación Fuentes de consulta 1 referencia para contrastar