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Plazos
Guía pública de estudio
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Lección 4 de 5
Cómputo de plazos en meses o años
Resumen de la lección
Los plazos en meses o años empiezan a contarse al día siguiente de la notificación o publicación, pero vencen por regla general en la fecha equivalente. Una notificación recibida el 13 de enero con un plazo de un mes vence el 13 de febrero; un mes no equivale a 30 días.
Si en el mes de vencimiento no existe esa fecha, el plazo termina el último día del mes: en un año no bisiesto, un mes desde el 29 de enero vence el 28 de febrero. Si el último día es inhábil, se prorroga al primer día hábil siguiente. Fuente: artículo 30.4 y 30.5 de la Ley 39/2015, texto consolidado del BOE.
Objetivos de aprendizaje
- Identificar cuándo comienza un plazo fijado en meses o años.
- Aplicar la regla de fecha a fecha para calcular el vencimiento.
- Resolver los supuestos en los que no existe día equivalente en el mes de vencimiento.
- Distinguir entre un plazo de un mes y un plazo de 30 días.
Puntos clave
- El cómputo se inicia al día siguiente de la notificación o publicación.
- El vencimiento coincide, por regla general, con el día equivalente del mes o año correspondiente.
- Si no hay día equivalente, vence el último día del mes.
- Si el vencimiento es inhábil, pasa al primer día hábil siguiente.
- Los meses no se transforman en 30 días.
Última actualización editorial: 9 sept 2026.
Leer la transcripción de la lección
Cómputo de plazos ahora en meses o años. Bueno, pues pudiera ser que la norma reguladora de procedimiento, pues establecí y dije tiene usted el plazo de un mes para realizar tal historia o que también haya una norma o una ley que diga tiene usted un plazo de un año o dos años o 2,000,000 de años? Dinosaurios, lo que digan las leyes, quiénes somos nosotros para ir en contra de la ley. Vale, perfecto. Por lo tanto, está claro que nos pueden dar un cómputo de plazos ya no solo en días, ya no solo en horas, pero también en meses o años. Vale. ¿Cómo se computan los plazos en meses? ¿Eh? En años. De igual forma los dos. Exactamente igual. Ojo con lo que os voy a comentar.
Por supuesto, cuando recibo la notificación, supongamos que la recibo hoy, cuando me empieza a computar el plazo siempre igual que en días a partir del día siguiente de haber recibido la notificación, empieza a computar el plazo. Genial. Ahora lo que nos tenemos que quedar en nuestra cabeza y cuando finaliza el cómputo, bueno, yo siempre utilizo esta regla, la regla de la llamada de fecha a fecha. Esto que quiere decir que si yo recibo una notificación el día 13 de enero, me dan un plazo de un mes. El último día de plazo es el 13 de febrero cuando he recibido la notificación el 13 de enero que me han dado un mes cuando finaliza el 13 de febrero. Porque la ley nos dice que el último día de plazo coincide de la notificación de la publicación que recibe el inicio del cómputo o es al día siguiente.
Pero el último día de plazo es, coincide con que con el día equivalente al mes de vencimiento de la notificación o de la publicación realizada correcto, ojo con esta historia. Bien. Y qué pasa si el último día de plazo, si en el mes de vencimiento no hay día equivalente? Bueno, vamos a poner un ejemplo. Supongamos que recibimos una notificación el 29 de enero que dicen oye, mira, tienes un mes para realizar esta historia perfecto. Supongamos que no es bisiesto este año. Correcto. Supongamos que no es bisiesto. 29 de enero, un mes 29 de febrero en la escuela me dijeron que no existe 29 de febrero, salvo que sea bisiesto. Supongamos que en este ejemplo no es bisiesto. Pues finalizaría el plazo el último día del mes de 29 de enero a 28 de febrero. Correcto, el último día del mes.
Porque no hay día equivalente al mes de vencimiento, qué sucede si el día 28 de febrero es inhábil, igual que pasaba con los días naturales, siempre se va a entender prorrogado al primer día hábil. Siguiente. Y una cosa que les pasa a muchísimos aspirantes, a muchísimos opositores, a muchísimos alumnos es confundir que cuando me dan el plazo de un mes, son 30 días. No, nunca, nunca, nunca hagáis ningún tipo de equivalencia. Si la administración me da un plazo de 30 días, voy a computar el plazo en días. Si la administración me dice tiene usted un mes, es un mes, independientemente del número de días que tenga ese mes, porque el cómputo se hace con el mes, se inicia a partir del día siguiente, finaliza como acabamos de comentar, hace un momentito, verdad? El día equivalente al mes del vencimiento. Y esto es exactamente igual si me diesen un plazo de un año.
Pues oye, día 13 de abril del año, tiene usted un año? Pues muy bien, pues el 13 de abril del año finalizaría, si el último día de plazo es inhábil, tenemos ese día de gracia al primer día hábil siguiente, el inicio del cómputo, exactamente igual, eh, a partir del día siguiente de haber recibido esa notificación o la publicación de ese acto, de acuerdo,