vídeo

Plazos

Plazos

Guía pública de estudio

Vídeo Lección 5 de 5 Cómputo de plazos en los registros 5:36 min

Resumen de la lección

El registro electrónico admite documentos todos los días del año, las 24 horas. Para el cómputo de un plazo fijado en días hábiles que debe cumplir una persona interesada, la presentación en día inhábil se entiende realizada en la primera hora del primer día hábil siguiente, salvo que una norma permita expresamente recibirla en día inhábil. Entre documentos enviados en día inhábil se conserva el orden de su hora efectiva de presentación, y todos se consideran anteriores a los presentados durante el primer día hábil posterior.

La Ley distingue ese orden de registro del despacho de expedientes: los de naturaleza homogénea se tramitan por orden riguroso de incoación, salvo orden motivada y documentada del titular de la unidad. Incumplir esta regla puede generar responsabilidad disciplinaria y, en su caso, remoción del puesto. Fuentes: artículo 31 y artículo 71.2 de la Ley 39/2015, texto consolidado del BOE.

Objetivos de aprendizaje

  • Distinguir la disponibilidad continua del registro electrónico de los efectos de presentar documentos en día inhábil.
  • Explicar cómo se ordenan los documentos presentados en día inhábil respecto de los enviados el siguiente día hábil.
  • Diferenciar el orden efectivo de presentación registral del orden de despacho de expedientes homogéneos.
  • Identificar la excepción que permite alterar motivadamente el orden de despacho y las consecuencias de incumplirlo.

Puntos clave

  • El registro electrónico permite presentar documentos todos los días, durante las 24 horas.
  • Para plazos en días hábiles, la presentación en día inhábil se reputa hecha en la primera hora del siguiente día hábil, salvo norma expresa.
  • Entre los documentos presentados en día inhábil se mantiene el orden de su hora efectiva y preceden a los del primer día hábil posterior.
  • Los expedientes de naturaleza homogénea se despachan por orden de incoación, salvo orden motivada que quede documentada.
  • El incumplimiento de la regla de despacho puede dar lugar a responsabilidad disciplinaria y, en su caso, a la remoción del puesto.

Última actualización editorial: 9 sept 2026.

Leer la transcripción de la lección

Bueno, evidentemente, cualquier persona, ¿verdad? Sabemos que puede utilizar un registro no como muy bien sabemos, existe el concepto del registro electrónico. Realmente es que solamente hay un registro. Es el registro electrónico, tal también como no se llama el artículo dieciséis, independientemente de que nosotros podamos acudir si no somos sujetos obligados a una oficina física, una oficina, ¿verdad?, de asistencia en materia de registros y presentar allí nuestra documentación o hacerlo verdad a través del propio registro de la propia administración pública correspondiente o de cualquier otra administración pública en nuestra casa, en nuestro trabajo, o no sé si siguen existiendo los ciber pues en un ciber donde te dé la gana perfecto, con tal de que tengas usted un medio de identificación electrónica y, en su caso, firma electrónica sin problema alguno.

Maravilloso, estupendo, perfecto. Vale, bien, oiga, si yo puedo utilizar la administración electrónica y utilizar un registro electrónico, pues eso que lleva aparejado, pues la posibilidad de poder utilizarlo los 365 días del año durante las 24 horas. Maravilloso. Por lo tanto, está claro que si yo un sábado tengo insomnio, yo, que seis son las tres de la mañana y quiero formular una solicitud, verdad? Que sí presentarla ante una administración pública x sin problema alguno cojo y lo hago a las tres de la mañana, pues a las tres de la mañana lo he hecho perfecto. Muy bien. ¿Y qué? ¿Cuándo tengo que entender yo que ha entrado en la administración? Bueno, pues ojo, porque el artículo 31 me dice: si usted lo presenta un sábado a las tres de la mañana, es un día inhábil, verdad? Que sí, básicamente no.

Pues tendrá que entender que ha sido presentado, que ha entrado en la administración dentro de la primera hora del primer día hábil. Siguiente. Es decir que yo, aunque lo presente el sábado a las tres de la mañana, realmente para la administración, es que, como si hubiese entrado a las horas de lunes, sigue bien, sin problema. Oye, vale. Pues estupendo. Muy bien, lo hice un sábado. Estaba así de insomnio, así lo hice y genial, maravilloso hago dentro de lunes. Vale, supongamos que es un procedimiento de concurrencia competitiva. Supongamos que no soy yo solo el que va a participar en ese procedimiento. Supongamos un procedimiento de subvenciones, no?

Entonces, muy importante, el orden de entrada de las solicitudes, sobre todo cuando el único criterio es que entre una solicitud de que se va gastando el crédito presupuestario, pues vale, entonces es, es importante al mejor no ser de los primeros. Vale, entonces, bueno que pasa. Yo he formulado mi solicitud el sábado a las tres de la mañana y ha habido otro ciudadano, otro interesado que ha presentado su solicitud, pues el sábado a las cinco de la de la mañana, y ha habido otro apoyo que ha presentado su solicitud el domingo después del berm y ha habido, es un ciudadano que ha puesto un despertador a las horas, verdad? Sí, del propio lunes ya tenía el ordenador todo pu y ha lanzado su solicitud a las horas del lunes. Uy, vale, absolutamente. Todos lo hemos presentado un sábado y domingo menos uno que lo ha presentado el propio lunes. Todos.

Evidentemente, tenemos que tener en cuenta que ha sido presentado dentro de la primera hora del primer día abri siguiente todos a las horas de lunes. Vale. Y cómo le va a aparecer a la administración ordenado? Chicos, qué quiere decir esto? Que la primera solicitud que va a aparecer y, por lo tanto, la que va a ser primeramente iniciada, va a ser esa solicitud presentada por aquel ciudadano a las tres de la mañana del sábado después, Cuba va a aparecer el fulano que lo presentó a las cinco, verdad? De la mañana del sábado, y luego la siguiente, cual aquel que la presentó el domingo después de haberse tomado el berú y al final, cual va a aparecer el del pobre hombre que puso, evidentemente el despertador a horas. Sí, vale, porque siempre se refutados a la misma hora de la presentación y por el mismo orden que lo han hecho en el día. Y nadie podemos entender que esto es justo e injusto.

Bueno, pues eso, pues parece ser que el listo, verdad que se, pues oye, que espil no, pues es un poco de de, bueno, pues eso de saber de pensar cada uno de nosotros, si es justo en uno injusto, no es nuestra función, evidentemente, valorarlo simplemente que lo tengáis en cuenta, verdad? Que si, en donde al final, si la primera solicitud que va a tener entrada cuando el funcionario entre a trabajar el lunes por la mañana, cual va a aparecer, va aparecer evidentemente la del sábado. Y también tener muy claro que la ley es muy clara, no que todos los procedimientos administrativos en cuanto de ese punto de vista de su iniciación, tendrán que iniciarse por estricto orden de recepción a la hora de incoarnos a hora de iniciarlos por estricto orden, evidentemente de recepción dentro de la propia administración pública.

Vale, de hecho, eh, si no se cumple esta obligación podrá dar lugar a exigencia de responsabilidad, como no una responsabilidad disciplinaria ante el funcionario que altera el orden. Vale, pues esto tenerlo terriblemente claro.